Gracias, Vanesa y Susana

Mayo 28, 2008

Entre las muchas personas que entran en los registros civiles a realizar todo tipo de trámites, es fácil reconocer a los padres que van a inscribir a su hijo. Se les nota en la alegría un tanto lela que llevan escrita en la cara, que contrasta con la expresión de aburrimiento, cuando no de fastidio, típica de los que se ven obligados a realizar cualquier trámite burocrático. Los papás recientes, cuando están casados, aparecen con su DNI, su libro de familia y el certificado de nacimiento del bebé. Y, sin más preguntas o requisitos, el nuevo ciudadano es inscrito en el libro de familia como hijo de su madre y del marido de ésta. Por supuesto, al marido de la madre no se le pregunta cuál es el procedimiento por el que su esposa quedó embarazada, si por fecundación in vitro, por inseminación artificial o por el sistema clásico. Tampoco se le pregunta si él es el padre biológico o el espermatozoide implicado procede de otro donante. Y mucho menos se le obliga a aportar prueba alguna de paternidad. Sencillamente, el marido de la mujer que acaba de dar a luz es reconocido automáticamente como padre legal de la criatura, lo sea o no biológicamente. A nadie se le ha ocurrido la idea peregrina de que, por ejemplo, en un caso de inseminación artificial o fecundación in vitro con semen de un donante anónimo, el marido, por no ser el padre biológico, tenga que iniciar, si desea convertirse en el padre legal, un proceso de adopción. Leer el resto de esta entrada »